Requisitos para Constituir una Sociedad.
Minuta de un Abogado.
Reducción a escritura pública en una Notaría.
Inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
Publicación en el Diario Oficial.
Hecha la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces competente y la publicación del extracto en el Diario Oficial, se devuelve a la Notaría para proceder a la protocolización de los documentos.